Toda persona que sea capturada por orden judicial o mediante captura en flagrancia, tiene derecho a que se le comunique en el momento de la captura cual es la autoridad que emite la orden de captura; delito, derecho a guardar silencio, a no incriminarse o declarar en contra de familiares, a comunicar la captura a alguna persona (familiar o amigo) a designar y entrevistarse con su abogado.
Fredy Jiménez
Abogado especialista en derecho penal y criminología